Ley de vagos y maleantes
La Ley de vagos y maleantes, fue una ley del código penal español de 4 de agosto de 1933, referente al tratamiento de vagabundos, nómadas, proxenetas y cualquier otro elemento considerado antisocial y que posteriormente fue modificada para reprimir también a los homosexuales.
También conocida popularmente como la Gandula, la ley fue aprobada por consenso de todos los grupos políticos de la segunda república para el control de mendigos, rufianes sin oficio conocido y proxenetas.
Por ser una ley que no sancionaba delitos sino que intentaba evitar la comisión futura de los mismos no incluía penas, sino medidas de alejamiento, control y retención de los individuos supuestamente peligrosos hasta que se determinara que se había acabado su peligrosidad. Quedando así establecida podía ser utilizada arbitrariamente para la represión de las personas sin recursos.
Modificaciones [editar]
La ley fue modificada por el régimen franquista para incluir la represión de los homosexuales el 15 de julio de 1954, como sigue (modificaciones en negrita):1
- Artículo primero: "(...) el número segundo del artículo segundo y el número segundo del artículo sexto de la Ley de Vagos y Maleantes, de cuatro de agosto de mil novecientos treinta y tres, queda redactados de la siguiente forma:
- Artículo segundo.- Número segundo.- Los homosexuales, rufianes y proxenetas. (...).
- Artículo sexto.-Número segundo.- A los homosexuales, rufianes y proxenetas, a los mendigos profesionales y a los que vivan de la mendicidad ajena, exploten menores de edad, enfermos o lisiados, se les aplicarán para que las cumplan todas sucesivamente, las medidas siguientes:
- a) Internado en un establecimiento de trabajo o colonia agrícola. Los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en instituciones especiales y, en todo caso, con absoluta separación de los demás.
- b) Prohibición de residir en determinado lugar o territorio y obligación de declarar su domicilio.
- c) Sumisión a la vigilancia de los delegados"2
En 1970 fue sustituida y derogada por la ley sobre peligrosidad y rehabilitación social,3 de términos muy parecidos y que incluía penas de hasta cinco años de internamiento en cárceles o manicomios para los homosexuales y demás peligrosos sociales con objeto de su "rehabilitación".
Esta es otra ley de vagos, no es la que hace mención el MARTIN FIERRO
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